Archivo de la etiqueta: Aduana

¡Feliz Navidad! AFIP volvió a actualizar el régimen de equipajes y lleva la franquicia a USD 500

Esta noche llega Papá Noel con su trineo cargado de regalos y repartirá alegría para grandes y chicos, contagiándonos a todos con el espíritu de la Navidad. Este año, quizá haciéndose eco de ese espíritu navideño, la AFIP se adelantó y le regaló a todos los viajeros una nueva norma: Con la Resolución General 4361/2018 publicada en el Boletín Oficial el lunes pasado se modificó el régimen de equipajes, y los cambios ya están vigentes desde el 18/12/18.

Fueron varias las que se introdujeron, pero la modificación más importante (y la que nos interesa a todos) es la que les anuncié en el título de este post. La franquicia para el ingreso de bienes comprados en el exterior se incrementó a USD 500 por viajero (para arribos por vía aérea o marítima), y a USD 300 (para ingresos por vía terrestre, la cual incluye también la fluvial). Anteriormente estos valores estaban en USD 300 y USD 150, respectivamente. En caso de menores de 16 años la franquicia disponible se reduce a la mitad, y si varias personas conformaran un grupo familiar las franquicias individuales pueden sumarse, incluso para aplicarse sobre un mismo producto.

Estos beneficios se suman a los que se establecieron recientemente en la Resolución de la que ya hemos hablado (link al post), por la cual se permite el ingreso de una laptop o tablet sin necesidad de ser declarada ante la aduana, y por tanto sin pagar aranceles por ella.

El funcionamiento básico de las franquicias y el pago de los excedentes ya fueron explicados en un post anterior donde tocamos el tema, y al que podés acceder haciendo click aquí. Por supuesto que hay que tener en cuenta que ahora esos cálculos deben realizarse con los valores actualizados, tal como indicado en el párrafo anterior. Sobre el excedente de la franquicia, el arancel único que se paga sigue siendo el 50%.

La resolución deja claro también el proceder de la inspección en el punto de arribo donde en caso de no tener bienes comprados en el exterior, o bien que los mismos no excedan la franquicia, el pasajero podrá pasar por los canales indicados como «nada para declarar». También deja clara la sanción para quienes porten bienes que deberían haberse declarado y no lo hayan hecho: se labra el acta, se secuestran los artículos en infracción y se denuncia al pasajero en el ámbito aduanero.

Otro cambio que establece la norma, que aunque sea menos marketinero también merece la pena ser nombrado, es el hecho de que a partir de ahora sólo es necesario declarar ante la aduana en caso de exceder las franquicias establecidas, de transportar artículos que requieran la intervención del SENASA, o de estar ingresando al país dinero en efectivo por más de USD 10.000 o su equivalente en otra divisa. Esta declaración debe realizarse a través de un nuevo formulario, en formato digital, disponible en la web de AFIP, en la aplicación para celulares o en las terminales de autogestión. En caso de no poder realizarlo en formato digital, se preveé la posibilidad de poder hacerlo manualmente con los formularios impresos.

En resumen, finalmente AFIP terminó de actualizar el régimen de equipajes, devolviéndole el sentido para el que fue pensado, y liberando al personal aduanero para que pueda enfocarse en cuestiones de mayor importancia y no en los electrónicos que escondés en los bolsillos para ahorrarte los impuestos. Algo largamente esperado por los viajeros, e incluso necesario, pero que como ya dijimos en posts anteriores, llega con mal timing. En definitiva, la medida es correcta, pero en un contexto de recesión económica y dolar por las nubes donde sólo un puñado de privilegiados pueden afrontar unas vacaciones en el exterior, parece una norma dictada para beneficio de los más ricos, y efectivamente por el momento solamente beneficiará a una muy pequeña porción de la población.

Así que, si sos parte de ese pequeño porcentaje, o si tenés la suerte de viajar por trabajo con el pasaje y hotel pagos por la empresa, y además encontrás algún artículo que al valor actual del dólar valga la pena comprar en el exterior, felicitaciones. ¡Feliz Navidad! ¡Y a disfrutar los beneficios extras dispuestos por el gobierno en vísperas de las Fiestas!

 

 

La poco feliz resolución de AFIP: Actualización del régimen de equipaje y exención de pago para celulares y notebooks.

Que el régimen de equipaje acompañado, reglamentado en la Resolución General de AFIP 3751/94, había quedado obsoleto ante el avance de la tecnología no es ninguna sorpresa. A diferencia de aquellos años, hoy en día una computadora es fácilmente transportable en un avión, y accesible para el bolsillo de gran cantidad de gente, por lo que el monto de USD 3OO de franquicia era casi algo irrisorio: con comprar apenas una laptop ya lo habías superado. La actualización del régimen era sin lugar a dudas algo necesario. Hace como unos diez años que es algo necesario…

El pasado viernes 28 de septiembre de 2018 finalmente la AFIP se decidió y publicó la Resolución General 4315/18 por la que lo modifica, y sin tocar el monto de la franquicia aduanera, amplía el concepto de efectos de uso personal a una (1) notebook o tablet (una de dos), y un (1) celular, lo que implica que estos artículos ya no deben ser declarados ante aduana cuando los traemos nuevos del exterior, y quedan exentos del pago de aranceles.

En la práctica, concretamente el cambio significa que cuando viajemos podremos comprar en el exterior hasta dos artículos (un celular y una laptop o una tablet) e ingresarlos al país en nuestra mochila sin decirle nada a la aduana, sin pagar nada extra y sin incorporar sus valores al cálculo de la franquicia (cuyo funcionamiento podés leer en este post haciendo click aquí).

Si al salir del país uno se lleva alguno de estos artículos tendrá que declararlos ante aduana para que al regreso quede claro que esos productos ya estaban nacionalizados y no se mezclen con los nuevos que hemos comprado.

Por otro lado, si nos pasamos del límite y traemos más de una unidad, la excedente tendremos que declararla y calcularla dentro de la franquicia. Para hacerlo más claro, me voy de Argentina con mi celular y una laptop y antes de abordar las declaro en la aduana. Al volver, traigo esos artículos de vuelta pero además compré 2 celulares. Por lo que me llevé de aca no pago nada, y lo justifico con el formulario de efectos personales firmado por aduana a la salida; uno de los celulares nuevos ni lo declaro ni pago nada, en cambio el segundo celular nuevo lo declaro y lo calculo dentro de la franquicia: como es lo único que compré y me salió USD 700, le resto la franqucia de USD 300 para vía aérea y sobre el excendente de USD 400 pago el 50%, es decir USD 200. Antes de este cambio tendría que haber pagado un arancel total de USD 550.

Eso sí, esto aplica siempre y cuando no se considere que se está importando mercadería con fines comerciales. Por eso es lógico el límite de un producto por persona, considerándolo para consumo personal.

Lo que no es para nada lógico es el momento en que se dicta esta resolución. Como dijimos al principio, el régimen está desactualizado desde hace años. Si bien este cambio le devuelve un poco el sentido con el que se pensó en su momento y lo adapta a la realidad de nuestro tiempos, llevarlo adelante en medio de un contexto de crisis financiera y recesión económica, donde se pide un esfuerzo extra al pueblo para sanear las cuentas fiscales con aumentos de impuestos y tarifas, realmente es una decisión poco feliz.

No es que la industria nacional (perdón, me corrijo, el ensamble nacional) de este tipo de productos vaya a verse muy afectado por esta medida, ya que de por sí el porcentaje de gente que viaja al exterior no es alto, con un dolar rondando los USD 40 es incluso menor, y al que puede viajar también le quita el incentivo para salir de compras furiosas por los shoppings de Miami; pero aún así el timming de las autoridades es asombrosa y alarmantemente pésimo. Una medida que, aunque necesaria y con sentido, favorece a unos pocos privilegiados cuando la gran mayoría se ajusta los cinturones para llegar a fin de mes, es cuanto menos desafortunada. No me explico cuál fue el criterio de urgencia para lanzarla justo ahora, cuando después de haber esperado largos años bien se podría haber estirado varios meses más hasta que la situación comenzara a dar signos de recuperación.

En fin, así las cosas, quienes tengan la posibilidad de aprovecharla, ahora hacerse de una computadora o celular de última generación es un poco más barato.